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Altas de electricidad y gas natural al comprar una vivienda

A veces pensamos que las gestiones asociadas a la compraventa de una vivienda se terminan cuando la vivienda ya es nuestra, aunque no es así. Una vez llegamos a nuestra casa nueva nos damos cuenta de que aún nos falta mucho por hacer para disfrutar de ella. Algunas de las gestiones más importantes a realizar al llegar a nuestra vivienda es todo lo relacionado con la electricidad o el gas natural, como darlos de alta si no hay suministro. ¿Sabes como tramitar las altas de electricidad y gas natural al comprar una vivienda? Sigue leyendo…

Alta de electricidad

El alta de electricidad se realiza cuando no hay suministro en el inmueble. Dentro del alta de luz en un inmueble hay dos casos distintos: que haya habido o no suministro con anterioridad.

Si nunca ha habido suministro, previamente a la solicitud del alta, las viviendas o locales de primera ocupación deben solicitar la acometida eléctrica a su distribuidora. Ésta consiste en la derivación que conecta un punto de suministro con la red de distribución eléctrica.

Una vez se ha terminado dicha acometida, se nos asignará un Código Universal de Punto de Suministro (CUPS), lo que sería el DNI de nuestro inmueble.

Cuando ya tengamos la acometida y el CUPS, se puede solicitar el alta de electricidad. En relación a los documentos necesarios da igual que haya habido o no suministro antes:

  • Certificado de instalación eléctrica
  • Código CUPS del suministro
  • Localización del inmueble
  • Potencia que se quiere dar de alta
  • Datos personales del titular del contrato
  • Cuenta de domiciliación bancaria

El precio de dar de alta la electricidad está regulado por el Gobierno y dependerá de dos aspectos. Por un lado, la potencia que queramos dar de alta y, por otro, el tiempo que hag a que no ha habido electricidad (o el hecho de que no haya habido nunca).

El precio del alta de electricidad se encuentra dividido en tres:

  • Derechos de extensión: 17,37 €/kW + IVA
  • Derechos de acceso: 19,70 €/KW + IVA
  • Derechos de enganche: 9,04€ + IVA

Si bien el tiempo no está regulado, lo normal es que tarde entre 5 y 7 días hábiles una vez que esté toda la solicitud y documentos correctos.

Alta de gas natural en la vivienda

Al igual que el alta de luz, el alta de gas natural se solicitar si no hay suministro en el inmueble. E igual que en el caso anterior, si nunca ha habido suministro, deberemos solicitar en primera instancia la acometida a la distribuidora de la zona.

Una vez que tengamos la instalación y la acometida, se requerirán una serie de documentos para realizar el alta de gas natural:

  • Datos personales del titular del suministro
  • Localización del suministro
  • Código CUPS del punto de suministro
  • Copia del contrato de compraventa
  • Certificado de la Instalación Receptora Individual (IRI)
  • Certificado de la Instalación Receptora Común (IRC) si lo requiere la distribuidora
  • Datos bancarios del titular

Este coste también está regulado y dependerá del tiempo que haga que no ha habido suministro y de la Comunidad Autónoma esté el inmueble.

Los días que tarde el alta de gas natural son los mismos que en el caso de la electricidad.

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